Política del Canal de Denuncias de GEICAM

1. Introducción

La presente Política establece los principios y procedimientos para el funcionamiento del Canal de Denuncias de GEICAM, en cumplimiento de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, Reguladora de la Protección de las Personas que Informen sobre Infracciones Normativas y de Lucha contra la Corrupción.
GEICAM, en su compromiso por promover la transparencia, la ética y el cumplimiento normativo, ha implementado este Canal de Denuncias como una herramienta para que cualquier persona, tanto interna como externa a la organización, pueda informar de manera confidencial y segura sobre cualquier infracción normativa o conducta corrupta relacionada con las actividades de GEICAM.

2. Objetivos del Canal de Denuncias

El Canal de Denuncias tiene como objetivos:

  • Fomentar la detección temprana de infracciones normativas y prácticas corruptas dentro de GEICAM.
  • Salvaguardar los derechos y proteger a las personas que realicen denuncias de buena fe.
  • Investigar de manera imparcial y confidencial las denuncias recibidas.
  • Tomar las medidas apropiadas para abordar y corregir las infracciones normativas o conductas corruptas detectadas.

3. Ámbito de aplicación

La presente Política ofrece el máximo nivel de protección a las personas físicas que informen de:

  • Acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave. En todo caso, se entenderán comprendidas todas aquellas infracciones penales o administrativas graves o muy graves que impliquen quebranto económico para la Hacienda Pública y para la Seguridad Social.
  • Acciones u omisiones que puedan constituir infracción del Derecho de la Unión Europea, en los términos definidos por la Directiva (UE) 2019/1937.

Adicionalmente, el sistema interno de información también podrá emplearse para los siguientes fines:

  • El reporte de las acciones u omisiones que puedan constituir un incumplimiento de la legislación vigente en cualquiera de las jurisdicciones en las que GEICAM opera.
  • El reporte de las acciones u omisiones que puedan constituir un incumplimiento de la normativa interna de la GEICAM, incluidos expresamente el Código Ético, el Protocolo global de prevención del acoso y de la discriminación en el trabajo, el Plan de Igualdad y el Manual de Prevención de Delitos Penales y el Manual de Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del terrorismo.

Quedan por tanto excluidas del ámbito material de aplicación del sistema interno de información aquellas comunicaciones relacionadas con cuestiones estrictamente laborales o de políticas de recursos humanos o relacionadas con el desempeño profesional. En esos casos, el asunto se derivará, si así corresponde, al Departamento de Recursos Humanos.

Asimismo, el proceso de notificación de comunicaciones a través del sistema interno de información no deberá ser utilizado para informar de eventos que presenten una amenaza inmediata para la vida o la propiedad. Cuando se requiera asistencia de emergencia, deberá comunicarse la situación a los servicios de emergencia.

4. Quién puede denunciar

El Canal de Denuncias está disponible para cualquier persona que tenga conocimiento o sospecha de una infracción normativa o conducta corrupta relacionada con las actividades de GEICAM, incluyendo, pero no limitado a:

  • Empleados de GEICAM, incluyendo personal permanente, contratistas, temporales y becarios.
  • Colaboradores, proveedores y subcontratistas que trabajen con GEICAM.
  • Socios comerciales y clientes de GEICAM.
  • Cualquier otra persona que esté relacionada con las actividades de GEICAM y tenga información relevante sobre posibles infracciones o conductas corruptas.

5. Confidencialidad y Protección del Denunciante

GEICAM garantiza la confidencialidad y la protección de las personas que realicen denuncias de buena fe. En ese sentido:

  • ESe tomarán las medidas necesarias para asegurar que la identidad del denunciante se mantenga confidencial en la medida de lo posible.
  • No se permitirá ningún tipo de represalia o consecuencia negativa hacia el denunciante.
  • Solo tendrán acceso a la información del denunciante las personas directamente involucradas en la investigación de la denuncia y las autoridades competentes en cumplimiento de la legislación aplicable.

6. Procedimiento de Denuncia

  • El Canal de Denuncias estará disponible a través de las siguientes vías de comunicación:
    • Correo electrónico: cdenuncia@geicam.org
    • Correo postal: Avenida de los Pirineos 7, 1ª Planta – Oficina 1-14 | 28703 San Sebastián de los Reyes – Madrid

Adicionalmente, el informante podrá solicitar la celebración de una reunión presencial para presentar la comunicación de forma verbal; la reunión solicitada deberá celebrarse dentro del plazo máximo de siete días desde la solicitud.
El órgano de administración de GEICAM ha designado como Responsable del canal de denuncias al Comité Ético de GEICAM, que a su vez ha designado como Instructor del Canal de Denuncias al Departamento Legal de GEICAM.

  • Las denuncias podrán ser presentadas de forma anónima o identificada, según la preferencia del denunciante.
  • Se requerirá que el denunciante proporcione información suficiente y detallada sobre los hechos denunciados, incluyendo la identificación de las personas involucradas, si es posible.

7. Investigación y Resolución de Denuncias

  • Todas las denuncias recibidas serán evaluadas de manera imparcial y objetiva.
  • Se designará un equipo responsable de la investigación de las denuncias, el cual contará con los recursos y la autoridad necesarios para llevar a cabo la investigación adecuadamente.
  • Se mantendrá un registro de todas las denuncias recibidas, así como de las acciones tomadas en respuesta a las mismas.
  • Se informará al denunciante sobre el estado y los resultados de la investigación en la medida en que sea posible y de conformidad con la legislación aplicable.

8. Comunicación y Formación

GEICAM promoverá la difusión de esta Política a todos los miembros de la organización y proporcionará formación y orientación sobre el uso adecuado del Canal de Denuncias. Asimismo, se fomentará una cultura de integridad, ética y cumplimiento normativo en toda la organización.

9. Revisión y Actualización

Esta Política será revisada periódicamente para asegurar su eficacia y adecuación a los cambios normativos y organizativos. Cualquier modificación significativa será comunicada de manera oportuna a todos los interesados.

10. Cumplimiento y Sanciones

El incumplimiento de esta Política por parte de cualquier miembro de GEICAM podrá resultar en medidas disciplinarias, de acuerdo con las políticas y procedimientos internos de la organización, así como en las sanciones previstas por la legislación aplicable.
GEICAM reafirma su compromiso con la integridad, la ética y la transparencia, y promueve la utilización responsable del Canal de Denuncias como una herramienta

 

 

 

Última revisión noviembre 2023

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